EL V AENC: CONTEXTO Y OBJETIVOS

La situación de estos últimos años es de una complejidad desconocida en muchas décadas y ha ocasionado fuertes impactos en la actividad económica y el empleo, así como, más recientemente, en el poder adquisitivo de los salarios y en los costes de producción de las empresas. En ese contexto, el nuevo AENC se ha negociado y firmado con un doble objetivo, coyuntural y estructural: afrontar una situación económica extremadamente compleja y desplegar en la negociación colectiva la reforma laboral acordada hace ahora año y medio.

EL V AENC: PRINCIPALES MATERIAS

Destacan las materias de empleo y contratación, sobre las que la reforma laboral acordada recoge llamadas para su desarrollo desde la negociación colectiva, con el fin de consolidar los objetivos de estabilidad en el empleo desde el ámbito que es propio de dichas organizaciones.

Se recogen, asimismo, criterios para la determinación de los incrementos salariales, indicando una senda de elevación para los tres años de vigencia del Acuerdo con el objetivo explícito de recuperar los salarios, junto con determinadas recomendaciones sobre la estructura salarial, la incorporación de una llamada al Gobierno en materia de normativa de actualización de precios durante la vigencia de los contratos públicos, y sobre previsión social complementaria.

En materia de igualdad entre mujeres y hombres, donde ahora además se adopta una visión trasversal integradora, con perspectiva de género, de medidas en una serie de elementos (estructura salarial, sistemas de clasificación profesional, e instrumentos de flexibilidad interna), en aras a una mayor corresponsabilidad.

Actuar para la plena integración en el empleo de las personas con discapacidad, desarrollando en los convenios colectivos determinadas medidas que contribuyan, entre otros, al establecimiento de un marco equitativo para el desarrollo de sus condiciones de trabajo.

Adoptar determinadas medidas para promover la diversidad de las plantillas, y favorecer la integración y la no discriminación de las personas LGTBI en el ámbito laboral.

Afrontar, dentro del ámbito de responsabilidad de las organizaciones firmantes, las violencias sexuales y de género, reforzando la actuación de la negociación colectiva para, entre otras, proteger a las víctimas y convertir los centros de trabajo en espacios seguros.

Analizar, en cada uno de los ámbitos de actuación, la evolución de los indicadores de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes, para permitir establecer medidas de actuación que mejoren la salud de las personas trabajadoras y logren reducir la frecuencia y duración de dichos procesos.

En el ámbito de la seguridad y la salud en el trabajo, donde el Acuerdo se apoya en la recientemente aprobada Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo 2023-2027, que define de forma consensuada los nuevos retos y objetivos de la seguridad y salud en el trabajo al haber sido adoptada en el marco del diálogo social.

Apostar por los mecanismos de la flexibilidad interna, que se consideran preferibles a medidas más traumáticas como los mecanismos externos y los ajustes de plantilla. Entre aquellos destacan, por su novedad y por el importante papel jugado recientemente, los criterios compartidos de utilización de los ERTE y del nuevo Mecanismo Red.

En la formación y la cualificación profesional, considerando fundamental potenciar, a través de la negociación colectiva, la formación a lo largo de la vida laboral. Para ello, consideran imprescindibles los planes de formación permanente que, con las necesarias actualizaciones, capaciten a las personas trabajadoras para responder a nuevas realidades marcadas, entre otras, por la transición digital y ecológica y el envejecimiento de la población trabajadora.

En relación con el trabajo a distancia o teletrabajo, a fin de desarrollar en la negociación colectiva todos los elementos cuya regulación normativa, con origen en el acuerdo de diálogo social tripartito alcanzado en 2020, le remite. Se incorpora, asimismo, una novedosa apuesta por establecer pautas compartidas en el desarrollo efectivo del derecho a la desconexión digital desde la autonomía colectiva.

En relación con las transformaciones tecnológica, digital y ecológica, de cara a los desafíos y las consecuencias disruptivas que suponen para las empresas y su actividad, así como en el empleo y sus condiciones, recogiéndose criterios orientados a la anticipación, la formación continua y la recualificación, así como para abordar las diferentes brechas. En relación con la transformación tecnológica y digital, el V AENC se apoya además en el Acuerdo Marco Europeo sobre Digitalización.

Sobre jubilación parcial y flexible, considerando necesario que la jubilación parcial y el contrato de relevo sigan siendo un instrumento para el mantenimiento del empleo y el rejuvenecimiento de las plantillas, e incorporando ahora además una llamada al Gobierno para la puesta en marcha de la mesa de diálogo social prevista sobre un nuevo marco de regulación de la pensión de jubilación parcial.